SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1765/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1765/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.3.

II.3.  A través de las cartas de 9 de enero de 2008, dirigidas al Presidente del Colegio de Abogados de Cochabamba, el recurrente, comunica su renuncia irrevocable a los cargos de Secretario Ejecutivo y de Coordinador de la “E.P.J”, ambos de la referida institución, por razones estrictamente personales; sin embargo, en la misma fecha, el recurrente vuelve a presentar otra carta, dirigida al Presidente y al Directorio del Colegio indicado, solicitando se deje sin efecto la licencia indefinida de 21 de agosto de 2006, y que se lo convoque a próximas reuniones del Directorio (fs. 6, 7 y 8).