SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1837/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1837/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.2.

II.2.  Dentro de las investigaciones iniciadas a consecuencia de la sustracción de cemento asfáltico del depósito del SEDCAM, el Asesor Jurídico de dicha entidad, José Gamboa Pérez, emitió el dictamen legal 04/2007 de 10 de agosto, estableciendo que correspondía que todos los trabajadores que reconocieron ser partícipes del hecho delictivo en sus declaraciones informativas -dentro de los que se incluye a la recurrente-, debían ser pasibles a una destitución sin proceso (fs. 10 a 11).