Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1854/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.2.1. Ratificación del recurso
Posteriormente, con el uso del derecho a la réplica, manifestó que una resolución adquiere la calidad de cosa de “ejecución” formal y material cuando se respetan todos los derechos y garantías de las personas, y cuando el proceso fue llevado conforme a ley, pero en el caso de su representado no se respetaron sus derechos y garantías.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación del recurso
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.Sobre la legitimación pasiva en los recursos de hábeas corpus ahora acción de libertad.
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR