SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1855/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1855/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

denegó

Concluida la audiencia pública, el Tribunal de garantías, mediante Resolución cursante de fs. 143 a 145 vta., denegó el recurso con los siguientes fundamentos: a) La vía de amparo constitucional, no es la idónea para revisar o pretender dejar sin efecto una decisión tomada a tiempo de resolverse otro recurso de amparo constitucional; b) La decisión del Juez o Tribunal de garantías constitucionales, deben ser cumplidas de manera inmediata por el obligado, conforme jurisprudencia del AC 0015/2004-O de 21 de junio, por lo que, en uso de esa facultad, la Jueza recurrida dictó en ejecución de Sentencia, la Resolución de 17 de junio de 2008; y, c) El argumento de la recurrente es que nunca fue notificada, oída y vencida en juicio ni tampoco se consideró que era copropietaria del inmueble en cuestión y por consiguiente, la Resolución del amparo constitucional anterior no le facultaba por no haber sido parte del mismo; sin embargo, ahora se lesiona su derecho por haber sido afectada con la orden de desocupación de dicho inmueble, sin demostrar que la decisión de la Jueza recurrida, haya vulnerado su derecho constitucional a la “seguridad jurídica”, a la garantía del debido proceso y el principio de legalidad.