SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1855/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.2.1. Ratificación del recurso
Con el derecho a la réplica, señaló que, a través del presente recurso se objeta la orden de allanamiento emitida por la Jueza recurrida; toda vez que la Sentencia de amparo no resolvió el lanzamiento y rotura de candados; además, el derecho propietario no puede ser “violentado” (sic) sin orden judicial y cuando el propietario no ha sido escuchado en un proceso, sin importar su estado civil, más aun si el derecho propietario ha sido previamente reconocido por la autoridad recurrida, por lo que, en consideración a lo expuesto, el Tribunal Constitucional, debió salvar los derechos de Milenka Vásquez de López; pues es obligación de dicha instancia proteger de manera objetiva la aplicación de la ley; por lo que, la Jueza recurrida al pretender cumplir los mandamientos, estaría atentando contra las garantías constitucionales de su representada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- las Resoluciones de los Jueces o Tribunales de amparo constitucional:"(...) no pueden ser impugnados a través de otro Recurso de Amparo Constitucional, sino que los mismos son revisados de oficio por el Tribunal Constitucional, conforme establece el art. 19-IV constitucional y 102-IV de la Ley N° 1836
- Fragmento 20