SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1864/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1864/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.5.

II.5.   Por acta de declaración informativa de 31 de enero de 2008, suscrita por la recurrente, se establece que la recurrente dispone de veinte días hábiles a partir de la fecha para asumir defensa (fs. 53 a 59); por memorial de 12 de febrero del mismo año, la recurrente presentó prueba, aclarando que no reconoce la competencia del Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital I de Educación (fs. 61 y vta.); por Resolución 001/2008, el Tribunal Disciplinario sancionó a la recurrente con el descenso a un cargo inferior; determinación que fue elevada a la Dirección Departamental del SEDUCA (fs. 117 a 123); el 18 de marzo la recurrente formuló recurso de apelación "sin reconocer competencia" (fs. 124 a 128 vta.), que fue remitida en la misma fecha al Director del SEDUCA, que mediante la Resolución 10/2008 anuló obrados de fs. 87 a 508 en cumplimiento con lo dispuesto en el art. 24 incs. c) y d) del Reglamento de Faltas y Sanciones Disciplinarias de Magisterio (fs. 132 a 133); por decreto del 2 de abril de 2008, el Presidente del Tribunal Disciplinario, dispuso la apertura de un término probatorio, en aplicación del art. 24 inc. c) de la RS 212414; notificada a la recurrente (fs. 137 a 138); por memorial de 3 de abril pidió complementación y enmienda, la cual fue respondida mediante decreto de 8 de abril del mismo año (fs. 139 y vta.).