Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1874/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Con esos antecedentes, interpone recurso de amparo constitucional contra Justo Vargas Bruno, Director Técnico del SEDES Oruro, solicitando que se declare procedente y disponga el cumplimiento de la RA U.L.A 0014/2003 de 7 de marzo, dejando sin efecto la nota cite DIR - SEDES 012/2008 de 16 de junio; sea con costas y demás condenaciones de ley.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3.1 Seguridad jurídica en la nueva Constitución Política del Estado
- III.3.2. El derecho al trabajo
- III.3.3. El derecho de petición
- III.4. Análisis del caso concreto
- APRUEBA