Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1899/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
2º
2º Por el tiempo transcurrido, y en mérito a la facultad conferida por el art. 48.4 de la LTC, dado el efecto inmediato de la resolución del Tribunal de garantías que concedió la tutela, se dimensiona el efecto de la presente Sentencia Constitucional en sentido de que se mantiene válido el cumplimiento de la resolución del tribunal de garantías.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- son nulos de pleno derecho
- toda vez que existe un mecanismo específico para su resguardo cual es el recurso directo de nulidad
- probó
- Fragmento 20
- III.2.3. Sobre la aplicación del Reglamento Específico de Procesos Administrativos (Gestión 2005 o 2007)
- 2º