Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1916/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.4.
II.4. Mediante notas presentadas el 24 de abril de 2008, Ronald Muzuco Rodríguez, Presidente del Concejo Municipal de Puerto Rico, solicitó al Alcalde Municipal que disponga el pago de salarios desde el 13 de febrero de 2008 hasta la fecha, de la Secretaria del Concejo, así como también disponga el pago de salarios de los meses enero, febrero, marzo y abril de 2008 a los Concejales Carlos Idagua Marupa, Jalbert Campos Tuno y su persona, señalando que no se hizo efectivo el pago de sus haberes desde las fechas indicadas (fs. 147 y 148).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El Concejo Municipal como máxima autoridad del Gobierno Municipal
- III.4. De la remuneración y retribuciones de los Concejales Municipales
- III.4. La problemática del caso de autos
- POR TANTO
- 2°