SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1922/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
i)
El tercero interesado Juan Carlos Crespo Infante, a través de su abogado expresó que: i) El recurrente pretende que el Tribunal de garantías, revise la valoración de los actuados realizada por las autoridades recurridas a tiempo de resolver un incidente de extinción de la acción cuyo ámbito pertenece estrictamente a la jurisdicción ordinaria; y, ii) El recurrente no indicó en qué parte del expediente se encuentran las piezas procesales que evidencian los actos dilatorios, cumpliendo los requisitos establecidos en el AC 79/2004, siendo inoportuno que ahora, mediante el presente recurso pretenda corregir esa omisión; además, de no haber señalado los criterios que le hacen concluir que los actuados que refieren constituyen actos dilatorios atribuibles al órgano jurisdiccional, sin que tampoco ni precisó los valores supremos o principios fundamentales que hubiesen sido desconocidos por las autoridades recurridas.
Consiguientemente, para que los actos u omisiones denunciados sean objeto de análisis y reciban la tutela que brinda el recurso de amparo constitucional, el recurrente o agraviado debe: i) Aportar los elementos de prueba suficientes en los que acredite y demuestre la existencia del acto y/u omisión denunciado de ilegal, y, ii) Acreditar que la autoridad o persona recurrida es la responsable del acto y/u omisión denunciado por haber tenido intervención y decisión. Sólo ante la concurrencia de estos supuestos, y de ser evidentes, podrá concederse la tutela solicitada, caso contrario, existe la imposibilidad de otorgar el amparo, toda vez que no puede dictarse una Resolución de procedencia, cuando no se constata la vulneración de derechos o garantías fundamentales”.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- a)
- i)
- Fragmento 9
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.3. El recurso de amparo constitucional y el deber de las partes de aportar prueba sobre el acto reclamado
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR