Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1922/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.1.
II.1. Por Auto de 26 de marzo de 2007, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, rechazó la solicitud de extinción de la acción penal por el trascurso del tiempo, solicitada por Gonzalo Ruíz Martínez dentro del proceso penal seguido en su contra, y dispuso la prosecución del proceso penal hasta su conclusión, con el fundamento de haberse demostrado objetivamente que la dilación del proceso, que lleva más de siete años de trámite, se debe a la conducta de los procesados (fs. 1 a 5).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- a)
- i)
- Fragmento 9
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.3. El recurso de amparo constitucional y el deber de las partes de aportar prueba sobre el acto reclamado
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR