Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1929/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Recurre de amparo constitucional contra Freddy Veliz Michaga, Eusebio Jallaza Mamani y Eva Zaconeta Gallardo; Presidente, Secretario y Concejala respectivamente del Concejo Municipal de Uyuni; solicitando se conceda el recurso y se restablezca su derecho vulnerado, ordenando al órgano deliberante responder los requerimientos y peticiones presentadas en un tiempo razonable, pronto y oportuno, sea con aplicación de costas procesales.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- amparo constitucional”.
- “accionante”
- cuyo núcleo esencial comprende la respuesta pronta y oportuna, resolviendo en lo posible la petición en sí misma
- III.4. Análisis del caso de autos
- concedido
- APROBAR