SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1935/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1935/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, señala que las autoridades recurridas, actualmente demandadas, luego de haberlo designado Notario de Fe Pública, reconsideraron su designación sin otorgarle derecho a la contradicción o defensa alguna, con el argumento de no haber cumplido con los votos del art. 278 inc. 3) de la LOJabrg, porque, se entendía que estaba condenado a pena privativa de libertad, dejando sin efecto legal alguno su designación en base a supuesta causal de inhabilitación, desconociendo que la facultad de calificación y proposición de nómina, es resorte exclusivo del Consejo de la Judicatura; acto que constituye una sanción o condena civil, sin justo proceso previo, y a pesar de haber solicitado la reconsideración de dicha determinación, fue rechazada sin fundamento de fondo alguno, actuación con la que vulneraron sus derechos de “seguridad jurídica”, al trabajo, a la defensa y de la garantía al debido proceso.