SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1941/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1941/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente alega que, dentro del proceso sumario administrativo sustanciado en su contra por el SENAPE, lo notificaron indebidamente con el Auto de apertura del proceso, por cuanto no cumplieron con las formalidades inherentes en caso de no encontrarle en su domicilio real, practicando la diligencia en dirección diferente, hecho que, a pesar de haber sido cuestionado por su padre y por él mismo en los diferentes recursos de impugnación -alzada y jerárquico- ante la Jueza Sumariante y la MAE del SENAPE, en los que solicitó su notificación de acuerdo a la normativa procesal vigente, no lo hicieron vulnerando sus derechos a la petición, a la “seguridad jurídica”, al debido proceso y al trabajo . En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales invocados por el recurrente, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.