SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1942/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.7.
II.7. Notificado el recurrente con la Resolución de segunda instancia el 25 de julio de 2007, mediante memorial de 26 del mismo mes y año, solicita la enmienda y la complementación, en cuanto a que nunca se absolvieron los motivos de la apelación referidos a la pertinencia del estado de indefensión y la incorporación ilegal de pruebas, petitorio que le es negado por providencia de 8 de agosto en sentido de que la explicación y enmienda “es para suplir alguna omisión o corregir cualquier error material o de hecho, contenidos en sus actuaciones y resoluciones, siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas. Que al no demostrar objetivamente el impetrante que este tribunal hubiese incurrido en error material o de hecho en la dictación de la Resolución de 13 de junio de 2007, no ha lugar a la solicitud planteada.” (sic) (fs. 26 a 43).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constituiconal,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- CONCEDIENDO
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- a)
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3.Resoluciones que deben ser notificadas personalmente y formalidades que deben observarse
- Fragmento 20
- III.4.
- III.4.2.
- III.4.3.
- APROBAR