Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1956/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.3.
II.3. El recurrente, mediante memorial de 1 de abril de 2008, solicitó a la autoridad judicial, que en aplicación del art. 97.I y III del CPC ordene inspección judicial al predio objeto de desapoderamiento con el objeto de determinar el valor económico de las ampliaciones, mejoras útiles y necesarias y gastos de conservación, para su pago por el demandante victorioso; y, que en cumplimiento del art. 98.I del C.C. se suspenda la ejecución del mandamiento de Lanzamiento, en tanto se abonen la indemnización y gastos correspondientes (fs. 181 a 182 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- : a)
- CONCEDIÓ
- I.3.
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Del procedimiento aplicable a incidentes
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso.
- derecho de acceso a la justicia
- conceder
- APROBAR en parte