Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2075/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
b)
b) El Concejo Municipal de Soracachi, conformado por Daniel Fernando Flores Poma y otros concejales, ha sido reconocido en el orden de las relaciones y determinaciones que hacen al funcionamiento del Gobierno Municipal, así lo demuestran los informes del Viceministerio de Descentralización y la Dirección General de Políticas Municipales, dependientes del Ministerio de la Presidencia, que reconocen la constitución del Concejo Municipal que representan.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- b)
- c)
- f)
- 3)
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- APROBAR