Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2075/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
improcedente
Concluida la audiencia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 009/2008 de 1 de agosto, por la que declaró improcedente el recurso de amparo deducido, disponiendo la multa al recurrente de Bs300.- (trescientos bolivianos) basándose en los siguientes argumentos:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- b)
- c)
- f)
- 3)
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- APROBAR