Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2097/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
2) CONCEDE
2) CONCEDE la tutela solicitada, disponiendo que: a) Se deje sin efecto el Auto Supremo 825 de 29 de noviembre de 2007, dictado por la Sala Social Minera y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia; y b) Se dicte nueva resolución resolviendo el recurso de casación en la forma y en el fondo, interpuesto por la empresa accionante, y sea conforme corresponda en derecho dentro del marco de la jurisdicción y competencia que goza la Corte Suprema de Justicia.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.3 Intervención del tercero Interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1.
- infracción de las disposiciones legales procesales,
- III.3. En cuanto a los requisitos y la naturaleza jurídica del recurso de casación
- i)
- En cuanto a la
- III.4. Análisis del caso
- d
- tomando en cuenta el contenido del memorial de recurso de casación, es decir la fundamentación, y el petitorio
- han vulnerado el derecho al debido proceso
- 2) CONCEDE