SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2097/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
II.2.
II.2. Por Auto Supremo 825 de 29 de noviembre de 2007, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, declaró improcedente el recurso de casación interpuesto por la empresa Sinchi Wayra S.A., argumentando que el recurso no cumple con los requisitos del art. 258 del CPC, por cuanto no establece en qué consiste la infracción que se acusa, siendo ambiguo y contradictorio el referido recurso; tampoco indica si el recurso de casación es en el fondo o en la forma y por último ante su pretensión de anular el proceso no precisa cual es el vicio más antiguo ni la causal que hace a su procedencia, desconociendo el principio de especificidad y lo impuesto por el art. 251.I del CPC.(Fs. 64 a 65)
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.3 Intervención del tercero Interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1.
- infracción de las disposiciones legales procesales,
- III.3. En cuanto a los requisitos y la naturaleza jurídica del recurso de casación
- i)
- En cuanto a la
- III.4. Análisis del caso
- d
- tomando en cuenta el contenido del memorial de recurso de casación, es decir la fundamentación, y el petitorio
- han vulnerado el derecho al debido proceso
- 2) CONCEDE