SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2104/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
improcedente
Por Resolución 29/08 de 5 de septiembre de 2008, cursante de fs. 44 a 45 vta., pronunciada por el Juez Segundo de Partido y de Sentencia de El Alto, constituido como Juez de garantías, declaró improcedente el recurso, con el fundamento que: 1) Resulta claro el procesamiento de Esteban Chaves Sea; 2) que el anterior fiscal a cargo del caso, puso en conocimiento del órgano jurisdiccional el inicio del proceso y que luego de ello cursa informe del investigador asignado al caso que da cuenta que el recurrente ha sido buscado por las autoridades competentes, y que en mérito a que su propio hermano habría informado que éste se fue al Brasil habría sido notificado mediante edictos; 3) La detención que sufre el recurrente fue dispuesta por el órgano jurisdiccional mediante resolución que fue debidamente notificada al imputado; y, 4) De la revisión de dicha notificación se establece que a la fecha de presentación del recurso de hábeas corpus se encontraba en plazo para poder impugnar la resolución del juez cautelar que dispuso su detención preventiva por lo que al no haberse activado las vías de impugnación ordinarias no se puede acudir de manera directa a la acción constitucional de tutela dado su carácter subsidiario.
Por consiguiente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 18 de la CPEabrg, ahora art. 125 de la CPE, por lo que el Juez de garantías al haber declarado improcedente el recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- conceder la tutela
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de hábeas corpus, actual acción de libertad y la activación simultánea de jurisdicciones distintas
- subsidiariedad
- u otra forma de restricción de la libertad
- III.4. Medio idóneo contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.5. La problemática planteada en el caso de autos
- APROBAR