Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2107/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso
En revisión la Resolución 11/2008 de 8 de agosto, cursante de fs. 71 a 73 vta., pronunciada por el Juez Quinto de Sentencia en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por Julio Ernesto Bellido Vargas contra Aníbal Miranda Balboa, Juez Tercero de Partido Liquidador en lo Penal del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de procesamiento ilegal, citando al efecto el art. 18 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de hábeas corpus”
- conceder la tutela
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.4. Sobre el carácter subsidiario del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas.
- Sin embargo, si existieran aspectos que afecten al orden público, se pronunciarán de oficio
- III.6. El caso en análisis
- APROBAR