SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2126/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2126/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

“improcedente”

La Resolución 61 de 14 de octubre de 2008, cursante a fs. 25 y vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró “improcedente” el recurso con el siguiente fundamento: Del informe elevado por el Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, ahora recurrido, se evidencia que esta autoridad mediante Oficio 773/08 de 30 de septiembre de 2008, conminó al Fiscal de Distrito para que presente en el término de cinco días un requerimiento conclusivo, por lo que la parte recurrente a través de su abogado defensor, debió gestionar esta conminatoria de conformidad a lo previsto en el art. 134 del Código de Procedimiento Penal (CPP), a efecto de que el Fiscal de Distrito conmine a los fiscales asignados al caso a realizar el requerimiento conclusivo, ya sea de sobreseimiento o acusatorio, o en su defecto, el juez declare la extinción de la acción penal, lo que en el caso de autos no acontece.