Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2126/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
En revisión la Resolución 61 de 14 de octubre de 2008, cursante a fs. 25 y vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por Willan Añez Ortíz contra Zenón Rodriguez Zeballos, Juez Décimo de Instrucción en lo Penal y Cautelar ; Gustavo Bohórquez Trujillo y Doris Rivero Urrutia, Fiscales de Materia; y Oscar Gutiérrez Zambrana, funcionario policial, todos del mencionado Distrito Judicial; alegando la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso citando al efecto los arts. 6 y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2.Del debido proceso tutelado por la acción de libertad cuando éste actúa como causa de restricción a la libertad
- excepcionalmente puede ser subsidiaria
- III.3. Análisis del caso
- a) En cuanto a los actos del Juez cautelar
- b) En cuanto a los actos del Fiscal Gustavo Bohórquez Trujillo
- si vencido el plazo de la etapa preparatoria el fiscal no acusa ni presenta otra solicitud conclusiva, el juez conminará al Fiscal del Distrito para que lo haga en el plazo de cinco días
- APROBAR