Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2142/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 02/2008 de 12 de septiembre, cursante de fs. 38 a 39, pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni; y en consecuencia, DENIEGA el recurso, ahora acción de libertad planteado.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- Fragmento 5
- improcedente
- II.1.
- i)
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3. Subsidiaridad excepcional de la ahora acción de libertad
- III.3.I. Juez cautelar como encargado del control de la investigación
- III.3.2.
- III.3.3. Extinción de la acción penal vinculada al debido proceso
- persecución indebida
- III.4.1.
- III.4.2.
- APROBAR