SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2142/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
i)
El recurrente, ahora accionante, interpone la presente acción tutelar denunciando haberse vulnerado el derecho a la libertad por parte de las autoridades recurridas, por cuanto: i) Sus representados Wilson Yaka Pérez y Jorge Cuéllar Calaje, fueron detenidos en la estancia “San Carlos”, sin que hayan podido probar que son empleados en dicha estancia, y sin conocimiento de la denuncia de la supuesta copropietaria; encontrándose ilegalmente detenidos provisionalmente, desde el 15 de enero de 2008, habiendo vencido el tiempo prescrito por ley, sin que exista acusación en su contra, correspondiendo la extinción de la acción y su inmediata libertad; y, ii) Con relación a su también representado José Gutiérrez Basadre, debe cesar la ilegal persecución de la que es víctima por las autoridades recurridas, pues está en peligro su libertad personal ante la injusta imputación y señalamiento de audiencia cautelar. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- Fragmento 5
- improcedente
- II.1.
- i)
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3. Subsidiaridad excepcional de la ahora acción de libertad
- III.3.I. Juez cautelar como encargado del control de la investigación
- III.3.2.
- III.3.3. Extinción de la acción penal vinculada al debido proceso
- persecución indebida
- III.4.1.
- III.4.2.
- APROBAR