Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2181/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de su derecho a la libertad, toda vez que al no haber concurrido a la audiencia señalada para la prosecución del juicio oral, lo declararon rebelde y libraron en su contra mandamiento de aprehensión, en cuya ejecución fue privado de su libertad, sin haberle dado oportunidad de justificar su ausencia, pues debieron fijar otra audiencia antes de proceder a la declaratoria de rebeldía y su posterior aprehensión.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3.La naturaleza jurídica del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.3.1. Del contexto normativo constitucional inherente a la problemática planteada.
- fue declarado rebelde conforme lo establece el art. 89 del CPP
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR