SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2202/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2202/2010

Fecha: 19-Nov-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

La abogada de la recurrente, ratificó el tenor íntegro de su demanda, añadiendo que adjuntaba la “SC 0081/2005”, que expresa que “la nulidad no puede devolver la jurisdicción mucho menos la competencia a ninguna autoridad que haya formulado una excusa o se haya allanado a una recusación” (sic) y que desde el 24 de abril de 2008, el Tribunal Segundo de Sentencia recurrido, ya dejó de tener competencia para conocer las cuestiones del proceso penal contra su hijo.