SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2240/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega que las autoridades recurridas vulneraron los derechos de la institución que representa al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la defensa y al derecho de recurrir, puesto que como consecuencia de un proceso laboral seguido en contra de su representada, el Tribunal de alzada, constituido por los Vocales recurridos, le rechazaron la concesión de su recurso de casación, con el argumento de que el mismo se presentó fuera del plazo de los ocho días concedidos por el art. 210 del CPT concordante con lo dispuesto por el art. 257 del CPC, bajo la errada concepción de que dicho plazo debe computarse por horas, momento a momento, cuando a decir del recurrente, lo correcto era que se compute por días calendario, aspecto que no fue corregido por los Ministros de la Corte Suprema de Justicia recurridos a tiempo de conocer el recurso de compulsa, presentado por su parte. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales de la institución representada por el accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Legitimación activa de Ex Fonvis en Liquidación para interponer la acción de amparo
- III.4. Interpretación de la legalidad ordinaria como atribución privativa de la jurisdicción común
- III.5. Marco jurídico aplicable
- 2)
- 4)
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.7. Sobre la competencia del Tribunal de garantías en las acciones tutelares
- APROBAR