SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2240/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 09/08 de 1 de septiembre de 2008, cursante de fs. 175 a 176, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Hernán Vega Oporto en representación legal de la Unidad de Titulación del Fondo Nacional de Vivienda Social (Ex Fonvis en Liquidación) contra Julio Ortiz Linares y Hugo Roberto Suárez Calbimonte, Ministros de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia; y, Carmen Aliaga Alarcón y Juan Lanchipa Ponce, Presidenta y Vocal, respectivamente, de la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de la institución que representa al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la defensa y al derecho de recurrir, citando al efecto los arts. 7 inc. a), 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); y, art. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Legitimación activa de Ex Fonvis en Liquidación para interponer la acción de amparo
- III.4. Interpretación de la legalidad ordinaria como atribución privativa de la jurisdicción común
- III.5. Marco jurídico aplicable
- 2)
- 4)
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.7. Sobre la competencia del Tribunal de garantías en las acciones tutelares
- APROBAR