Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2292/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.5.
II.5. La demandada interpuso recurso de hábeas corpus contra el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social, ahora recurrido, fundamentando que la notificación efectuada se realizó en el domicilio de su anterior abogado Muruchi, el que se declaró improcedente por Auto 08/2008 de 22 de agosto, emitido por el Juez Tercero de Sentencia en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz (fs. 109 a 110).
- recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad,
- Fragmento 2
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Sobre el mandamiento de apremio en materia laboral
- Fragmento 20
- III.5. Análisis del caso concreto