SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2308/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, señala como vulnerados sus derechos a la "seguridad jurídica", al trabajo, a reunirse y asociarse, toda vez que FUNDEMPRESA realizó una interpretación arbitraria de las normas del Código de Comercio, ocasionándole daño al entrar a analizar el fondo de los documentos que se le presentan, oficiando de un verdadero juzgador, exigiendo en los hechos, requisitos que no están previstos en el ordenamiento jurídico para proceder al registro, otorgan al registro de comercio y menos a FUNDEMPRESA, facultades para calificar la legalidad o ilegalidad del fondo de los documentos que se le presenten para su registro, puesto que solo debe limitarse a verificar la presentación de los requisitos formales previstos. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la accionante a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. La notificación al tercero interesado
- complementó y moduló
- más aún cuando la Resolución Administrativa SEMP Nº 0040/2007 de 9 de mayo, impugnada a través del presente amparo constitucional, pronunciada por el Superintendente de Empresas, Jorge Rolando Morales Anaya, autoridad demandada, dispuso la notificación con dicha Resolución al Directorio de la Sociedad de Responsabilidad Limitada "clínica San Pedro S.R.L." en su calidad de titular de la representación legal de la sociedad,
- .
- identifique a todos quienes pudieran tener un interés legítimo en el recurso de reclamación directa respecto a la solicitud de registro del Testimonio 926/2002 de escritura de transferencia de una cuota de capital de la sociedad comercial "clínica San Pedro S.R.L." que otorgó Ljubi Stambuk a favor de Kattya Carolina García Torrez, del cual emergió su acción de amparo constitucional, citando al efecto el nombre y domicilio de los mismos.
- Por tanto
- 1º APROBAR