SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2308/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2308/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

improcedente

Por Resolución 008/08 de 25 de febrero de 2008, cursante de fs. 240 a 242, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, declaró improcedente el amparo constitucional, con el siguiente fundamento: i) La recurrente fue notificada con la Resolución Administrativa SEP Nº 0040/07 de 9 de mayo de 2007, la que podía ser impugnada a través del recurso de revocatoria ante la Superintendencia de Empresas y jerárquico  ante el SIREFE; ii) No existe prueba alguna en relación al daño inminente, irreparable e irremediable, aspecto y circunstancia que inviabiliza que este Tribunal pueda considerar el fondo del recurso incoado; iii) Los reglamentos de la Ley SIREFE señalan que los recursos de revocatoria y jerárquico proceden contra toda resolución definitiva de los Superintendentes Sectoriales que causaren perjuicio e inclusive contra las resoluciones de simple trámite; iv) El procedimiento para este tipo de recurso está señalado en la Ley de Procedimiento Administrativo y en el Decreto Supremo 24505; y, v) La recurrente no ha agotado la vía administrativa.