Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2327/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
hábeas corpus, ahora acción de libertad,
En revisión la Resolución 01/2009 de 23 enero, cursante de fs. 30 vta. a 32, pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro el recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por Alex Jaime Farfán contra Armando Arancibia Mealla, Juez Primero de Instrucción en lo Penal del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la libertad, a la seguridad jurídica, a la defensa y a la tutela judicial efectiva, previstos por los arts. 6.II, 7 inc. a) y, 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. De la solicitud de cesación de detención preventiva en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, debe tramitarse con la mayor celeridad posible o dentro de los plazos razonables
- III.4.
- REVOCAR