SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2327/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Dentro el proceso penal que sigue el Ministerio Público a Alex Jaime Farfán, ahora accionante, por la presunta comisión del delito de violación, éste solicitó la cesación de su detención preventiva ante el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, que se encontraba de turno en razón de la vacación judicial, al haberse éste excusado del conocimiento de la causa; y, en lugar de remitir el expediente ante el Juez suplente que corresponda, resolvió que se reserve la consideración de la solicitud efectuada hasta el retorno del Juez Segundo de Instrucción en lo Penal que ejerce el control jurisdiccional y que se encuentra de vacación judicial, vulnerando así sus derechos. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes y si corresponde otorgar o denegar la tutela solicitada.
- hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. De la solicitud de cesación de detención preventiva en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, debe tramitarse con la mayor celeridad posible o dentro de los plazos razonables
- III.4.
- REVOCAR