Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2353/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
A fs. 78, cursa el acta de audiencia pública realizada el 18 de septiembre de 2008, en la que estuvieron presente las recurridas Carolina Alamaraz y Nuria Gonzáles Romero y ausentes la parte recurrente, las autoridades correcurridas Juan Luis Ledezma Miranda y Lineth Tapia Patiño, José Antonio Mercado Córdova y María Julia Argandoña y el representante del Ministerio Público, suscitándose los siguientes hechos:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- la protección del tercer componente del juez natural, es decir el referente a la competencia en cuanto a los supuestos de hecho antes descritos; es decir, usurpación de funciones que no estén establecidas por ley, ejercicio de potestad administrativa que no emane de la ley, resoluciones judiciales emitidas en ejercicio de Jurisdicción que no emane de la Ley o pronunciadas por autoridad jurisdiccional suspendida en el ejercicio de sus funciones o que hubieren cesado en las mismas; se encuentran resguardados específicamente por el recurso directo de nulidad”
- APROBAR