SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2353/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2353/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.2.

II.2. Por Resolución de 11 de junio de 2008, Juan Luis Ledezma, Presidente del Tribunal de Sentencia Primero y Lineth Tapia, Jueza Técnica del mismo Tribunal, rechazaron la recusación formulada por Rodolfo Claure Gonzáles, y dispusieron la remisión de antecedentes al Tribunal llamado por ley, solicitándole que rechace la recusación planteada, con costas y expresa declaración de incidente malicioso y consiguiente multa pecuniaria disciplinaria.  La resolución tiene los siguientes argumentos: i) Los actos procesales acusados de ser causales de la recusación, son actos propios del tracto procesal e integran el universo de atribuciones que tiene el Tribunal de Sentencia para resolverlos, no constituyendo, por tanto, la manifestación de ningún interés particular en la causa; y, ii) El imputado ha realizado actos  que han provocado un alargamiento del curso procesal por haber sido causante de la suspensión de la audiencia de juico oral en cuatro oportunidades y por presentar recusaciones con fundamentos absolutamente impertinentes, siendo clara la intención dilatoria, a fin de no llevar a cabo el juicio oral y que se cumplan los dieciocho meses de detención sin sentencia (fs. 3).