Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2354/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
a)
El abogado de los accionantes ratificó la demanda presentada y ampliándola subrayó que: a) Sus patrocinados nunca fueron objeto de sanción o procesamiento administrativo por la Federación Nacional de Comerciantes de Hoja de Coca al Detalle, por ello no entienden cuál fue la razón que motivó a los demandados para el rechazo de la renovación de su licencia, con mayor razón si éstos guardaron absoluto silencio al respecto; b) A la fecha de interposición del amparo, se encontraban con más de cinco meses de estar sin trabajo; y, c) Su derecho de petición fue vulnerado en razón a que no se cumplió los Convenios arriba mencionados, que tienen fuerza legal.
- recurso
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- concediendo
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- Primero.-
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho al debido proceso
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- III.4. El caso de examen
- Quinto
- ,
- APROBAR