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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2370/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2370/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

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    • Marcia Cinthya María Fernández Torrico, en representación de la empresa PIO LINDO S.R.L.
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • IMPROCEDENTE
    • I.3.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
    • actos u omisiones indebidas de servidores públicos  o de persona natural o jurídica
    • es ineludible que el Recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal
    • más, cuando la persona recurrida no es la misma que aquella que presumiblemente es responsable de los actos u omisiones denunciadas, no será posible ingresar al análisis del fondo de las denuncias, debiendo declararse la improcedencia del recurso por falta de legitimación pasiva
    • III.4.Interpretación de la legalidad ordinaria, valoración de la prueba y     relevancia constitucional
    • IV. 1. En cuanto a la legitimación pasiva de la autoridad demandada del  Servicio de Impuestos Nacionales.
    • IV.2. En cuanto a la valoración de la prueba aportada durante el procedimiento de determinación tributaria
    • APROBAR

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