Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2394/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
El recurso de amparo constitucional está dirigido contra Pedro Ledezma Terán, Alcalde Municipal de Capinota de Cochabamba, solicitando se conceda la tutela y se disponga que todo el trámite administrativo de aprobación deba quedar sometido al principio de legalidad; que se le extienda las fotocopias legalizadas de todo el trámite administrativo y que el Alcalde Municipal dicte la Resolución Administrativa debidamente fundada en el plazo de 48 horas, aceptando o negando la aprobación del plano del lote solicitado.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- concediendo en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- En cuanto al derecho a la petición
- En cuanto al derecho a la propiedad privada
- SC 0923/2010-R
- III.3. Análisis del caso de autos
- empezó su trámite administrativo el 17 de abril de 2008
- el 17 de julio de 2008
- APROBAR