SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2394/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
SC 0923/2010-R
Este Tribunal Constitucional pronunció la SC 0923/2010-R de 17 de agosto, expresando lo siguiente: ´“… respecto al derecho a la propiedad privada, este Tribunal a través de la SC 1748/2003-R de 1 de diciembre, señaló: “… conforme al catálogo de los derechos fundamentales consagrados por el art. 7 de la CPE, toda persona tiene derecho a la propiedad privada, individual y colectivamente; derecho que, conforme a la doctrina, consiste en la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para poseer, usar y gozar de un bien, sea de carácter material, intelectual, cultural o científico”. En el mismo sentido, el art. 56 de la CPE, consagra el derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que cumpla una función social, como un derecho fundamental. Por consiguiente, éste es un derecho al cual la Constitución vigente, lo reconoce y protege, en tanto y cuanto se encuentre dentro los requisitos establecidos por el propio texto constitucional. Además, es menester citar las SSCC 0828/2006-R, 0037/2006, y 512/2005-R, las cuales señalan que la propiedad privada es: “…la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para poseer, usar y gozar de un bien, sea de carácter material, intelectual, cultural o científico", entendiéndose que el límite que impone la Ley Fundamental vigente, es que su uso no sea perjudicial al interés colectivo superior”´.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- concediendo en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- En cuanto al derecho a la petición
- En cuanto al derecho a la propiedad privada
- SC 0923/2010-R
- III.3. Análisis del caso de autos
- empezó su trámite administrativo el 17 de abril de 2008
- el 17 de julio de 2008
- APROBAR