Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2394/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señala que la autoridad recurrida, ahora demandada, vulneró su derecho a la petición y a la propiedad privada, porque el 17 de abril de 2008 solicitó la aprobación de plano del lote de terreno de su propiedad; sin embargo, pese a cumplir con las observaciones realizadas, no se emitió la resolución de aprobación correspondiente; por otra parte, el 17 de julio de 2008, solicitó la extensión de fotocopias legalizadas, la misma que no fue concedida oportunamente. En ese sentido corresponde en revisión, analizar si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- concediendo en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- En cuanto al derecho a la petición
- En cuanto al derecho a la propiedad privada
- SC 0923/2010-R
- III.3. Análisis del caso de autos
- empezó su trámite administrativo el 17 de abril de 2008
- el 17 de julio de 2008
- APROBAR