Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2394/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.4.
II.4. El 9 de agosto de 2008, el recurrente presentó al Alcalde de Capinota, nueva solicitud de aprobación del plano de su lote, señalando que acompañó toda la documentación exigida (fs. 71), y por providencia de 13 de agosto de 2008, el Asesor Legal de esa Alcaldía dispuso que se adjunte fotocopia legalizada de la minuta original de compra, registrada en Derechos Reales (fs. 71 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- concediendo en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- En cuanto al derecho a la petición
- En cuanto al derecho a la propiedad privada
- SC 0923/2010-R
- III.3. Análisis del caso de autos
- empezó su trámite administrativo el 17 de abril de 2008
- el 17 de julio de 2008
- APROBAR