Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2414/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2414/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio

    El recurso de amparo constitucional está dirigido contra Abigael Burgoa Ordóñez, Felipe Mendoza Benavides y José Leytón Matos, Vocales de la Sala Civil, Comercial y de Familia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, y contra Pastor Ismael Molina Quintana, Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital; solicitando se declare procedente, se conceda la tutela del recurso y se disponga la nulidad de los Autos de Vista impugnados.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • 1)
    • denegando
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • accionante
    • SC 0582/2004-R
    • Respecto al cómputo del plazo de caducidad del derecho de accionar, el legislador ha previsto que el mismo transcurre ininterrumpidamente, es decir, de manera permanente sin interrupción alguna
    • SC 0080/2004
    • pero además pueden ser de momento a momento, es decir, que se toman en cuenta las horas y los minutos a partir del instante en que comienzan a correr hasta su vencimiento
    • III.3. Análisis del caso de autos
    • dentro de cinco días fatales
    • el cómputo del plazo legal es fatal,
    • APROBAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca