SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2414/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso
En revisión la Resolución 05/2008 de 11 de septiembre, cursante de fs. 52 a 54 vta., pronunciada por Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Saadia Mercedes Elhoxami Saavedra contra Abigael Burgoa Ordóñez, Felipe Mendoza Benavides y José Leyton Matos, Vocales de la Sala Civil, Comercial y de Familia de esa Corte Superior, y contra Pastor Ismael Molina Quintana, Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital, alegando la vulneración de sus derechos a la defensa y al debido proceso, mencionando también a la “seguridad jurídica”, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- SC 0582/2004-R
- Respecto al cómputo del plazo de caducidad del derecho de accionar, el legislador ha previsto que el mismo transcurre ininterrumpidamente, es decir, de manera permanente sin interrupción alguna
- SC 0080/2004
- pero además pueden ser de momento a momento, es decir, que se toman en cuenta las horas y los minutos a partir del instante en que comienzan a correr hasta su vencimiento
- III.3. Análisis del caso de autos
- dentro de cinco días fatales
- el cómputo del plazo legal es fatal,
- APROBAR