Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2418/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.5.
II.5. Por decreto de 21 de agosto de 2007, el Juez recurrido, dispuso que para evitar ineficacia en la ejecución del fallo ejecutoriado, se notifique con el decreto del cúmplase al actual Gerente General y representante legal de SISTECO Ltda., Freddy “Walter” Fiorilo Plaza, en mérito a poder general de administración 381/2004 (fs. 47 vta.).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- III.2. En cuanto a la representación legal a objeto de librar mandamiento de apremio en materia laboral
- A contrario sensu, cuando no sea aceptada la personería de la persona que se presente alegando ser el nuevo representante legal, es lógico que el mandamiento de apremio emitido o por emitirse deberá ser ejecutado contra los representantes que asumieron defensa por la persona jurídica demandada'.
- constituye requisito procesal inexcusable el apersonamiento del nuevo apoderado y la aceptación de la personería por parte del juez de la causa
- mediante memorial de 26 de septiembre de 2008, el nuevo representante legal de SISTECO ofreció al Juez recurrido un plan de pagos a objeto de cumplir con la obligación dispuesta por dicha autoridad dentro del proceso laboral seguido en contra de la empresa que representa
- Fragmento 20
- REVOCAR