SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2425/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2425/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.10.

II.10. Por memorial de 9 de diciembre de 2004, cursante de fs. 60 a 61 vta., presentado por el defensor de oficio de Ruan Rosales Agreda, demandando la extinción de la acción penal por prescripción de acción penal, con fundamento en la SC 101/2004, y señalando que transcurrieron más de cuatro años desde el inicio del proceso sin que el Ministerio Público haya realizado acciones necesarias para demostrar la culpabilidad de los imputados, sin señalar cuáles son los actos dilatorios, en qué consisten, a qué fojas cursan del expediente y sin identificar a los responsables de las mismas, solicitud que mereció el Auto Supremo 157 de 13 de junio de 2008, emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, declarando “NO HA LUGAR A LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL”, con el voto disidente de José Luis Baptista Morales, con fundamento en que del análisis de antecedentes se estableció que no existen actos dilatorios atribuibles al órgano jurisdiccional o al Ministerio Público y que en todo caso se advierten actos dilatorios de los procesados (fs. 62 y vta.).