SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2450/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2450/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.5.

II.5. Remitido el expediente en apelación, mediante Auto de Vista 12/2008 de 20 de mayo, el Juez de Partido recurrido, confirmo el Auto 16/2008, argumentando que si bien el recurrente dice no existir derecho controvertido ni conflicto de derecho con ninguna persona, en su memorial de fs. 5 (del expediente original), asegura todo lo contrario mencionando el nombre de un responsable de destrozos en su propiedad. Por tanto será la judicatura agraria la competente para resolver el conflicto (fs. 7 y vta.).