SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2478/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2478/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

por los dos jueces técnicos y no solo por el Presidente del Tribunal,

Por otra parte el art. 52 del CPP establece que los Tribunales de sentencia se conforman por dos jueces técnicos y tres jueces ciudadanos, en este contexto los accionantes impugnan el Auto 15 de febrero de 2007 que determinó la anotación preventiva del inmueble; empero, este auto se encuentra suscrito por los dos jueces técnicos y no solo por el Presidente del Tribunal, sino también por Lineth Tapia Patiño, Jueza Técnica del Tribunal de Sentencia Primero.