Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2486/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 14 de mayo de 2008, el tercer interesado se apersona ante el Juez recurrido, planteando incidente de devolución del vehículo secuestrado de su poder, indicando tener un poder notarial extendido por la recurrente, ser poseedor de buena fe y contar con documento de compra y venta del mismo (fs. 40 a 43 vta.). Ante esta solicitud la recurrente presenta recusación del juez del caso, por haber emitido opinión en su anterior incidente y alternativamente responde al incidente alegando incoherencias e impersonería y que no procede la devolución (fs. 7 a 9 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- 1)
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.3. El derecho de impugnación contra resoluciones judiciales que resuelven incidentes en materia penal
- Fragmento 20
- III.3.
- REVOCAR